Proteger la casa

La caldera de una casa: qué revisión es obligatoria

«La revisión anual de la caldera es obligatoria» es la frase con la que se venden más contratos de mantenimiento en España. Para una caldera de casa, no es verdad. Esto es lo que sí obliga la norma.

Cada cuánto, de verdad

El reglamento de instalaciones térmicas fija periodicidades mínimas según el aparato, la potencia y el uso del edificio. Para viviendas:

  • Caldera mural de gas de hasta 70 kW: mantenimiento cada 2 años.
  • Calentador de agua caliente sanitaria a gas de hasta 24,4 kW: cada 5 años.
  • Calentador de gas de más de 24,4 y hasta 70 kW: cada 2 años.
  • Aire acondicionado de hasta 12 kW: cada 4 años. De 12 a 70 kW, cada 2.
  • Resto de instalaciones de calefacción de 70 kW o más: anual.

Casi ninguna caldera de una casa unifamiliar llega a 70 kW. Que el fabricante recomiende revisarla todos los años es otra cosa, legítima, pero no es una obligación legal.

Dos años, no uno.

Contrato sí, contrato no

Con una potencia de 5 a 70 kW, el mantenimiento lo hace una empresa mantenedora habilitada, pero la norma no exige firmar contrato: eso solo se impone por encima de 70 kW. Puedes llamar cuando toque y pagar por acto.

Lo que sí tiene que existir es el registro de las operaciones de mantenimiento y de las reparaciones. Es tuyo, respondes de que exista y hay que conservarlo al menos cinco años. Guárdalo: cuando vendas la casa o cuando discutas un siniestro, es el papel que demuestra que la instalación estaba atendida.

Lee también: Calefacción cuando no llega el gas natural Gasóleo, propano, aerotermia o pellets: la instalación de cada uno, sus revisiones obligatorias y con qué números compararlos.

La inspección de eficiencia es otra cosa

Existe una inspección periódica de eficiencia energética, cada cuatro años, pero solo para generadores de calor de más de 70 kW. Una caldera doméstica no entra. Si alguien te la ofrece como obligatoria, no lo es.

La del gas sí, y no la haces tú

Distinta y esta sí toca a todo el mundo: la instalación de gas se inspecciona cada cinco años. Si el gas llega por red de distribución, la inspección la hace la distribuidora o una empresa instaladora habilitada, te avisan con tres meses de antelación y el coste se te repercute. Si vas con depósito de propano o con bombonas, la revisión, también cada cinco años, la encargas tú a una instaladora habilitada.

Conviene saber cómo acaba. Si aparece una anomalía principal y no puede corregirse en el momento, se corta el suministro y se precinta la parte afectada. Si es una falta de estanquidad de las secundarias, hay quince días hábiles para arreglarla. Y quien inspecciona no puede ser quien repare.

Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

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Fuentes: Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, artículos 26, 27 y 28 e instrucciones técnicas IT 3.3 (tabla 3.1), IT 4.2.1 y IT 4.3.1; y Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, instrucción técnica ITC-ICG 07, apartados 4.1 y 4.2.

Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.