Proteger la casa

Qué revisar cada año en una casa

Una casa unifamiliar no tiene administrador que te avise. Este es el calendario mínimo, separando lo que obliga una norma de lo que solo obliga el sentido común y la factura del año que viene.

Lo que manda una norma

  • Instalación de gas: cada 5 años. Si viene por red, la inspección la hace la distribuidora o una instaladora habilitada, avisan con tres meses y te repercuten el coste. Con depósito o bombonas, la revisión la encargas tú, también cada cinco años.
  • Caldera mural de gas de hasta 70 kW: cada 2 años. Es la periodicidad mínima que fija el reglamento de instalaciones térmicas para viviendas, no la anual que se vende por teléfono.
  • Calentador de agua a gas de hasta 24,4 kW: cada 5 años.
  • Aire acondicionado de hasta 12 kW: cada 4 años; de 12 a 70 kW, cada dos.
  • El registro de todo eso: existe por obligación, es tuyo y se conserva al menos cinco años.
Lo caro es lo que no se mira.

Lo que no manda nadie y cuesta más

Aquí no hay artículo que citar, hay experiencia. En otoño, antes de las primeras tormentas: canalones, bajantes y sumideros limpios, tejas movidas, encuentros de la cubierta con chimeneas y petos, y las ramas que rozan el tejado. En primavera: carpintería, sellados, y la arqueta o la fosa. Todo el año: el contador de agua una noche con todo cerrado, para cazar fugas antes de que las cace la factura.

Lee también: El tejado de una casa: repasar, reparar o levantarlo Cuándo hace falta licencia, qué cambia si hay uralita y por qué una casa de más de cincuenta años lleva informe cada diez años.

Por qué no es opcional del todo

El deber de conservar tiene consecuencias civiles muy viejas y muy vigentes. Si un edificio, una pared o cualquier construcción amenaza ruina, el propietario está obligado a demolerla o a ejecutar las obras necesarias para evitar su caída. Y el propietario de un edificio responde de los daños que resulten de su ruina cuando esta sobrevenga por falta de las reparaciones necesarias.

A eso se suma lo práctico: en un siniestro, la falta de mantenimiento es lo primero que mira un perito. Un albarán de limpieza de canalones y cuatro fotos fechadas valen más que una discusión.

Si la casa es nueva, apunta la fecha

La ley de ordenación de la edificación da diez años para los daños que afecten a la estructura, tres para los vicios de elementos constructivos o instalaciones que impidan habitarla y uno para los defectos de acabado. Se cuentan desde la recepción de la obra sin reservas, o desde que se subsanaron. Y hay dos años para reclamar desde que el daño se produce.

Esa fecha de recepción es un dato que se pierde en el primer traslado. Guárdala con la escritura, junto al certificado final de obra y a las garantías de los equipos: es lo único que convierte un plazo legal en un derecho que puedas usar.

Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

Me sirve Hay que entrar con una cuenta.

Compartir

Preguntar a una IA sobre esta guía

Todo lo de proteger la casa, junto

Alarmas, cerraduras, cámaras, okupación y seguro: diez guías con lo que hay que saber y lo que dice la ley.

Ver las guías de seguridad o recibe las gangas del catálogo por correo

Comentarios

Para comentar hace falta una cuenta. Entrar o crear una: es gratis y se tarda un minuto.

Fuentes: Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, artículo 27 e instrucción técnica IT 3.3 (tabla 3.1); Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, ITC-ICG 07, apartados 4.1 y 4.2; Código Civil, artículos 389 y 1907; y Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, artículos 17 y 18.

Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.